A la hora de hacer el check-in automático utilizando plataformas tecnológicas, hay una gran diferencia entre escanear un documento y fotocopiarlo. Dependiendo de como se realice la acción de escanear o fotocopiar a la hora de realizar el check-in de los huéspedes, puedes encuadrarte dentro de la ley o completamente fuera de ella, lo que te puede acarrear problemas con huéspedes y con las autoridades de control.
La diferencia principal entre escanear y fotocopiar radica en el propósito y el resultado del proceso:
Escanear digitaliza, mientras que fotocopiar reproduce en papel.
Durante el proceso de check-in automático o en remoto, el huésped debe proporcionar los datos de su documento de identidad. Estos datos se utilizarán para que el propietario, administrador o recepcionista del alojamiento turístico pueda hacer el registro de datos del huésped en función de las directrices marcadas por el Real Decreto 933/2021.
A la hora de hacer el proceso de registro y la extracción de datos exigida, se debe evitar realizar una copia física o digital del documento de identidad del huésped.
Según la Ley de protección de datos, no se encuadraría dentro de la ley el almacenamiento de un documento de identidad de un huésped en formato físico o digital.
Entonces…
Es ilegal en el momento en el que se haga una copia física o digital del documento. Si trabajas con alguna plataforma de Check-in Online, asegúrate de que a la hora de escanear el código MRZ, no se hace ninguna copia digital del propio documento de identidad del huésped.
Desde Check-in Scan, escaneamos el documento obteniendo solo los datos necesarios para rellenar el parte de viajeros sin hacer ningún tipo de copia digital del documento de identidad.
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Haz el Check-in automático de tus huéspedes y comunícalo a las autoridades correspondientes cumpliendo con la ley.
Debes andarte con mucho ojo con respecto a la plataforma de Check-in online que elijas, ya que algunas hacen el escaneo del documento guardando una copia digital, puedes informarte acerca de sanciones a alojamientos turísticos por tratar de fotocopiar los datos del documento de identidad.
No se puede hacer una copia física o digital del documento de identidad, porque entraría el conflicto con la Ley de Protección de Datos. Lo adecuado sería hacer la extracción de los datos exigidos en el Anexo I del Real Decreto 933/2021 sin hacer una copia del documento mediante plataformas de Check-in.
Algunas plataformas utilizan OCR (Reconocimiento Óptico de Caracteres) en lugar de escaneo MRZ.
Aclarar que el escáner OCR extrae texto de cualquier parte del documento, lo que puede generar problemas de protección de datos, sin embargo, el escaneo MRZ solo captura los datos necesarios del código de lectura mecánica, alineándose mejor con la normativa.